Entender la democracia no es solo para iniciados

El TEPJF debe leer y hacer suya la Acción de Inconstitucionalidad que señala que el principio de representación proporcional en materia electoral se integra a un sistema compuesto por bases generales tendientes a garantizar de manera efectiva la pluralidad en la integración de los órganos legislativos

por Angelica De la Pena

Por Angélica de la Peña

Giovanni Sartori enuncia en la Teoría de la Democracia que la democracia, a diferencia de otros sistemas políticos, requiere tener una capacidad de razonamiento lógico, una información en cantidad y calidad aceptables para que se sea un integrante activo del orden estatal. Tener claridad es un propósito que nos previene de “malas prácticas” democráticas.

La construcción de la ciudadanía se funda en la participación activa de la gente a partir del goce de los derechos civiles y políticos, pero no limitados a éstos. La ciudadanía legal vota, pero la edad adulta no deriva en automático que esa persona vote con sensatez o pensando más allá del día presente.

Muchos días y meses más seguiremos analizando por qué el resultado del 2 de junio, y más allá de que prevalezcan los análisis fundados de que fue una elección de Estado, porque el Presidente hizo campaña a favor de su partido desde el primer día que asumió la Presidencia. Que fue el jefe de campaña de su candidata a partir del 7 de junio de 2021, con un ejército de Servidores de la Nación en cada sección electoral, necesitamos asumir las fallas también de este lado.

¿Las y los electores tuvieron presente que al emitir su voto por Morena y aliados regresaba el régimen de partido único, e incluso el riesgo de un maximato? ¿La enorme desigualdad social y pobreza influyó para una “mala práctica” de la democracia?

Es una lástima que después de mes y medio de haberse realizado la elección, el Tribunal Electoral del PJF haya sancionado al Presidente por vulnerar los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad, y esto no impacte en el resultado.

Me aclaro a mí misma que teniendo más de 19 millones de votos de diferencia, no cambiará quién ganó, sin embargo preocupa la autoridad no vea desde lo alto, que debe evitar la sobre representación de cargos en las diputaciones y senadurías a favor de Morena y sus aliados del PT y PVEM. Porque una mala lectura de la trascendencia real de esa coalición, desestabilizaría y anulará los equilibrios entre el Poder Legislativo respecto del Poder Ejecutivo, y como carambola atentaría contra el Poder Judicial como pretende esa coalición de Morena y sus aliados.

El TEPJF debe leer y hacer suya la Acción de Inconstitucionalidad 6/98 de la Tesis P./J. 70/98 de la SCJN cuya ponente fue, por cierto, la Ministra Sánchez Cordero en 1998 y que señala que el principio de representación proporcional en materia electoral se integra a un sistema compuesto por bases generales tendientes a garantizar de manera efectiva la pluralidad en la integración de los órganos legislativos, permitiendo que formen parte de ellos candidatos de los partidos minoritarios e, impidiendo, a la vez, que los partidos dominantes alcancen un alto grado de sobre-representación.

Nuestra República, según Rodrigo Borja, es la forma de gobierno caracterizada por la división de poderes del Estado, en el marco de un régimen político efectivo, representativo, alternativo y responsable. Este equilibrio atiende el valor del pluralismo, otra característica de la buena democracia.

Veamos cómo garantiza este equilibrio la SS del TEPJF. No hacerlo será responsable de la descontextualización del régimen republicano. Volviendo a Sartori, sería una mala práctica de una democracia que derivaría de facto, en que dos poderes sean como uno solo, dañando el precepto fundamental de la división de poderes.

Defensora de derechos humanos

Las opiniones aquí vertidas son responsabilidad exclusiva de su autora y no necesariamente representan la postura de La Costilla Rota.

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