La urna no será territorio para agresores: Chiapas blindará sus elecciones contra la violencia política de género

por La Costilla Rota

LaCostillaRota. Chiapas, 19 de agosto 2026.— En vísperas del arranque del próximo proceso electoral, el Congreso del Estado de Chiapas aprobó por unanimidad una reforma estructural a la Ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral. La modificación marca un hito en la justicia democrática del país al tipificar de forma explícita la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPMG) como una causal directa para anular una elección.

La iniciativa, impulsada por las diputadas Marcela Castillo Atristain y Elvira Catalina Aguiar Álvarez, representa una articulación inédita entre el Poder Legislativo, las instituciones electorales y la sociedad civil organizada. En su construcción y respaldo técnico participaron la magistrada presidenta del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas (TEECH), Magali Anabel Arellano Córdova; la exconsejera del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC), María Magdalena Vila Domínguez; y María Teresa Olvera Caballero, presidenta de la Red de Familias de Personas Desaparecidas y colectivos como REPARE; además del acompañamiento institucional del presidente del Poder Judicial del Estado, el Dr. Juan Carlos Moreno Guillén.

La reforma busca que el fallo de las urnas ya no convalide contiendas manchadas por agresiones, discriminación o campañas de desprestigio machistas. Las modificaciones aprobadas al artículo 103 de la normativa electoral local establecen:

  1. Nulidad de la elección por VPMG generalizada: Si durante las campañas o la jornada electoral se vulneran los principios de equidad e igualdad mediante actos sistemáticos de violencia de género, el proceso podrá invalidarse por completo.

  2. Presunción de determinancia al 5%: Se presumirá legalmente que la violencia de género influyó en el resultado final cuando la diferencia de votos entre el primer y el segundo lugar sea menor al 5%. Esto facilita la vía probatoria y evita que las agresiones queden impunes bajo vacíos de interpretación.

  3. Veto definitivo a candidatos y partidos responsables: En caso de decretarse la nulidad, los partidos políticos, candidaturas o personas involucradas en los actos violentos quedarán vetados para competir en la elección extraordinaria que se convoque.

Adicionalmente, en armonía con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se ratifica la suspensión de derechos político-electorales a cualquier persona con sentencia firme por agresión o violencia de género, impidiéndole acceder a cargos de elección popular o de la función pública.

El dictamen se fundamenta en precedentes jurisdiccionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) —como las anulaciones históricas en Iliatenco, Guerrero (2021) y Atlautla, Estado de México (2021)—, donde se demostró cómo los mensajes de odio, las pintas denigrantes y los ataques sistemáticos dirigidos a candidatas alteran la libre voluntad del electorado y colocan a las mujeres en una desventaja artificial.

Históricamente, la violencia política ha sido minimizada o tratada como un costo secundario de las contiendas. Con este ajuste legislativo, Chiapas reconoce que estas agresiones constituyen mecanismos intencionados de exclusión que perpetúan la brecha de género en el servicio público.

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