LaCostillaRota.16 de Febrero de 2023.- El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, inició este 15 de febrero el análisis de diversas disposiciones de las Leyes de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y del Código Penal de la Ciudad de México, reformadas y adicionadas desde el 20 de marzo de 2020, las cuales contemplan el establecimiento de un Registro Público de Personas Agresoras Sexuales.
Si bien, durante esta primera parte de la discusión y análisis, se ha declarado competente al Congreso de la Ciudad de México para regular las medidas de protección establecidas en el la ley controvertida, en el marco de coordinación legislativa que dispone la propia Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, lo cual no sería en estos términos de competencia exclusiva del congreso de la unión, queda pendiente resolver sobre la particular validez del Registro de Personas Agresoras Sexuales, sobre la cual perfiló su decisión en contra el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, aludiendo a efectos adversos al propósito de reinserción social de los sentenciados, invocando la experiencia de otros países donde si bien, existe el registro, este no es público.
Por su parte, la Ministra Yasmín Esquivel Mossa, encargada del proyecto de resolución, defendió desde la perspectiva de género la importancia de declarar la validez de dicho registro toda vez que es idóneo y necesario para alcanzar los mayores niveles de protección de los derechos humanos de las mujeres y tiene efecto disuasivo de los actores de los delitos sexuales, ante los altos índices de violencia sexual registrados en la CDMX.
Foto Captura de Pantalla de Justicia TV