El Senado aprueba la prohibición del “buró laboral”

Esta conocida práctica, consiste en una base de datos no oficial en la cual se encuentra información laboral de las personas trabajadoras, la función principal no es la mera recopilación de datos, sino de manera particular identificar a las personas trabajadoras que tuvieron conflictos laborales

por Abogadas con Glitter

ABOGADAS CON GLITTER

Por Adriana Páez Tovar

 

El pasado 24 de marzo, el Senado de la República aprobó por unanimidad con 86 votos, una reforma al artículo tercero y 133 de la Ley Federal del Trabajo, para la prohibición de prácticas que imposibiliten a las personas a acceder a un trabajo. Una de esas malas prácticas y mayormente conocidas en el país es el popular “buró laboral”.

Esta conocida práctica, consiste en una base de datos no oficial en la cual se encuentra información laboral de las personas trabajadoras, la función principal no es la mera recopilación de datos, sino de manera particular identificar a las personas trabajadoras que tuvieron conflictos laborales, es decir, quienes fueron personas despedidas, quienes renunciaron o demandaron a sus empleadores.

Cabe señalar, que dicha base de datos no es una practica que se encuentre regulada, sin embargo, en la realidad es sabido que es una plataforma consultada por empresas para “filtrar” personas candidatas a sus puestos o vacantes laborales, restringiendo de esta manera oportunidades de empleo por causas ajenas a reseñas o clasificaciones por parte de la persona postulante al puesto.

Si bien esta práctica no era precisamente ilegal, lo es cierto es que tiene consecuencias negativas en la vida de las personas trabajadoras, toda vez que limita o impide el derecho al trabajo, lo cual genera exclusión social, fomentando de esta manera la discriminación, precarización y vulnerabilidad laboral, porque en este listado no se evalúa capacidades, aptitudes, desempeños o conocimientos técnicos o especializados, sino meramente saber si la persona trabajara, realizó acción alguna de manera legal hacia la parte empleadora.

Dejando en un estado de vulnerabilidad a la persona trabajadora, toda vez que ese listado, carece de las causas que le llevaron a la o el trabajador, a renunciar, demandar o cualquier otra acción en contra de su patrón, porque lo cierto es; y en México no es rumor sino una realidad las condiciones de la clase trabajadora, las cuales viven jornadas extenuantes, sin pago por horas extra, no tienen seguridad social, falta de capacitación o herramientas de trabajo que les permitan desarrollar sus actividades, además de las índices altos de acoso u hostigamiento laboral.

Por lo cual aprobar esta reforma, no solo es un avance para la clase trabajadora, sino que además es una deuda para todas aquellas personas que fueron clasificadas como “personas conflictivas”, solo por hecho de ejercer y exigir sus derechos laborales y como consecuencia se les negara desarrollarse profesionalmente en otros espacios. Es así como el Estado mexicano tiene la obligación de garantizar y respetar el acceso al trabajo digno, de acuerdo con los estándares internacionales de los cuales es parte.

Por lo que el “buró laboral”, es una práctica discriminatoria que vulnera la dignidad e impide el acceso al trabajo, desnaturalizando el derecho al trabajo digno, es por ello que la reforma es necesaria para evitar que actos de esta índole sigan ocurriendo, además de la protección de los datos personales de las personas trabajadoras y restituir el sentido de derecho social que conlleva el derecho laboral, por lo que ninguna persona trabajadora debería ser castigada por gozar y exigir lo que por derecho le corresponde.

 

Imagen generada por IA por LCR

Las opiniones compartidas en la presente publicación, son responsabilidad de su autora y no reflejan necesariamente la posición de La Costilla Rota.  Somos un medio de comunicación plural, de libre expresión de mujeres para mujeres

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ADRIANA PÁEZ TOVAR

Adriana Páez es licenciada en Derecho egresada de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México. Es abogada litigante en materia laboral y defensora de derechos humanos, ha tomado múltiples cursos y diplomados en ambas disciplinas, se ha especializado en temas de perspectiva de género y derechos humanos, asumiendo mayormente representación en favor de las personas trabajadoras.

Actualmente además de ser litigante, forma parte de la colectiva de “Abogadas con Glitter”, colectiva que busca disminuir el impacto a las mujeres que viven condiciones de vulnerabilidad o situaciones de violencia, además es autora de dos publicaciones Derecho y Sociedad I; y Derecho Sociedad II.

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