En esta pandemia de Covid-19, el Tecnológico de Monterrey en la ciudad de México creó una herramienta llamada “Denuncia Corrupción Coronavirus” visible en www.denunciacorrupcion.mx donde las personas que enfrentan algún caso de corrupción derivado de la pandemia, es decir fallas operativas de los prestadores de servicios médicos principalmente, puedan denunciar de manera anónima los hechos y en la plataforma apoyarían con el seguimiento.
En el 2020, cuando no se habían cumplido ni dos meses de haber abierto esta herramienta de denuncias, se tenían ya 135 reportes, de los cuales el 35% refieren a actos de corrupción, en su mayoría cohecho, soborno y extorsión sexual.
El cohecho esta descrito en el artículo 52 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y en el Código Penal Federal en su artículo 222, sin embargo las descripciones que tipifican esta acción administrativa o penalmente la acotan al intercambio de recursos económicos o bienes tangibles, más no se describe el agravante sexual, aunque es conocido por todos que existe esta práctica, como se señaló en los párrafos anteriores en el sector salud y en otros sectores que afectan a la población más vulnerable como lo es la población migratoria.
Este acto en particular no está tipificado en la Ley ni en el Código, tal vez por ello, o derivado de la perdida de la confianza en las instituciones, no hay muchos registros cuantificables de estas acciones que ocurren y trasgreden la dignidad humana de las víctimas.
Como lo mencionaba el Senador Ricardo Monreal en su “Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adiciona la fracción IV y el sexto párrafo recorriéndose el Subsecuente del artículo 222 del Código Penal Federal en materia de Cohecho Sexual” del 20 de abril de 2021:
“…Ante esta problemática, el marco jurídico mexicano cuenta con mecanismos y herramientas para combatir dichas prácticas, pero tal y como las sociedades progresan, asimismo evolucionan sus necesidades, sus responsabilidades y sus conductas, estas últimas, en ocasiones, a ritmos más rápidos de lo que las legislaciones lo hacen….”
Le realidad ha superado a lo que imaginamos que podía suceder, es momento de dar un digno trato a las víctimas del cohecho sexual, sobretodo donde alguna autoridad que tiene atribuciones específicas se vale de sus funciones y a cambio de brindar un servicio o atender un trámite solicita acciones de índole sexual, abusando de la persona física y psicológicamente, mermando su dignidad. Me parece aberrante que el Estado les falle de tantas maneras, expongo:
El cohecho sexual, a mi parecer, podría ser más grave aún que solicitar dinero por un servicio público, ya que lo que se solicita no es cuantificable, hablamos de la dignidad a la que se alude en el artículo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Las víctimas de este delito merecen aspirar siquiera a la posibilidad de justicia. Cuando realicé un significado para la palabra “Denunciante”, lo definí de esta manera: Persona enamorada del Estado, a quien la enamoraron prometiéndole los sentimientos de la nación, sin embargo le fallaron, en reiteradas ocasiones y a pesar de haber sido defraudad varias veces, después de tanto golpe, decide confiar nuevamente en el Estado, para que este mismo que la golpeó le permita existencia de una posibilidad de justicia.
En el caso del cohecho sexual mi definición de denunciante se queda corta, ya que aquí no se aspira si quiera la existencia de una posibilidad de justicia.