LaCostillaRota. 13 de Julio, 2025.- En una resolución histórica que prioriza el bienestar de las niñas y niños, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha determinado que los fondos acumulados en las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) sí pueden ser embargados para garantizar el pago de deudas por pensión alimenticia.
Este fallo representa un cambio fundamental en la interpretación de la ley y otorga una nueva y poderosa herramienta a miles de familias, en su mayoría encabezadas por mujeres, que luchan por hacer efectivo el derecho de sus hijos e hijas a recibir sustento.
La decisión de la Corte se basa en el principio del «interés superior del menor», estableciendo que el derecho fundamental de un niño, niña o adolescente a recibir alimentos para su subsistencia y desarrollo prevalece sobre la protección de inembargabilidad que generalmente cubre los ahorros para el retiro.
Hasta ahora, los fondos de las Afores eran considerados prácticamente intocables, protegidos por la Ley del Seguro Social con el fin de asegurar un patrimonio para el trabajador en su vejez. Sin embargo, los ministros de la Primera Sala argumentaron que esta protección no puede convertirse en un escudo para que los deudores alimentarios incumplan con sus obligaciones más básicas.
El criterio de la Corte sostiene que la falta de pago de la pensión alimenticia coloca a los menores en un estado de vulnerabilidad y pone en riesgo su desarrollo integral. Por lo tanto, el Estado tiene la obligación de proporcionar todos los mecanismos legales posibles para asegurar el cumplimiento de esta obligación, que es de orden público e interés social.
¿Cómo funcionará el embargo?
Con esta resolución, un juez de lo familiar que tenga a su cargo un caso de incumplimiento de pensión alimenticia podrá ordenar el embargo de una porción o la totalidad de los recursos acumulados en la cuenta de Afore del deudor moroso. La medida se aplicará para cubrir tanto los adeudos pasados como para garantizar pagos futuros.
Esta decisión sienta un precedente crucial y se suma a otras medidas implementadas a nivel nacional, como el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, que busca cerrar el cerco a los deudores morosos, impidiéndoles realizar trámites como la obtención de pasaportes, licencias de conducir o participar como candidatos a cargos de elección popular.
Para especialistas en derecho familiar, el fallo de la SCJN es un acto de justicia que responde a una realidad social apremiante y envía un mensaje contundente: la responsabilidad parental es una obligación ineludible y el bienestar de los hijos es la máxima prioridad para el sistema de justicia mexicano.
Imagen creada con IA por LCR
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