El magistrado recordó que esta es la primera elección en que se aplica la modificación legal que incorpora la inelegibilidad por ser deudor alimentario, por lo cual resulta importante ir fijando criterios sobre estos casos y no se recurra a que cuando uno quiere ser postulado como candidato a algún cargo de elección popular, pago y me pongo al corriente de mis obligaciones, sino lo que se persigue con esta norma es que no haya deudores alimentarios.

“No podemos dejar abierta la posibilidad de que cuando yo quiera ser candidato o cuando quiera ser funcionario electo popularmente vaya y me ponga a pagar las deudas alimentarias que tengo hace dos o tres años o dos meses o los que sean, la circunstancia es generar condiciones a partir de las cuales esto no sea una opción”, dijo el magistrado.

Aunque Luis Alberto Carballo ganó la elección para ser diputado federal por el distrito 23 del estado de México, con cabecera en Lerma, los magistrados indicaron que resultaba inelegible por lo que se le debe retirar la constancia de mayoría y quien debe asumir el encargo es el candidato suplente José Luis Hernández Pérez.

El magistrado ponente recordó que no es circunstancial o incidental la inscripción de un moroso deudor alimentario, pues antes se realiza todo un procedimiento para saber si la persona adeuda o no los alimentos y enfatizó que la obligación no sólo se refiere a la garantía de comida, sino también al vestido, la educación, la habitación y la salud como elementos indispensables para la vida digna de las y los hijos.

Salir del padrón, enfatizó, requiere un procedimiento y no se trata de cumplir en el momento en que se va a ser postulado porque durante determinado plazo ya se dejó desprotegido a un menor y se atentó contra su dignidad.

Apenas hace unos días, Karina Castillo, exesposa de Luis Alberto Carballo, pidió a la presidenta electa, Claudia Sheinbaum y a la gobernadora Delfina Gómez una audiencia para evitar que el fuero del diputado electo impidiera destrabar las demandas de pensión alimenticia y violencia familiar que promovió en su contra.

Mal por el Instituto Nacional Electoral (INE), por permitir que un deudor alimentario inscrito en el padrón nacional y por lo tanto inelegible, llegara a ser candidato y ganara una elección.

Bien por los tribunales que establecen estos criterios jurídicos para que ningún otro deudor alimentario llegue a la función pública o algún cargo de elección popular. Aquí se aplica lo que las feministas hemos dicho desde siempre “Lo personal es político” o en términos populares:  no se puede ser “candil de la calle y obscuridad de la casa”.

Dra. María Guadalupe Ramos Ponce
Coordinadora de CLADEM en México
Profesora Investigadora de la UdeG.
@dralupitaramosp