Viene al caso recordar el Art. 102 de la CPEUM en su Apartado B, que señala que el Congreso de la Unión y las legislaturas de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, establecerán organismos de protección de los derechos humanos que ampara el orden jurídico mexicano.
Estos organismos formularán recomendaciones públicas, no vinculatorias, denuncias y quejas ante las autoridades de su ámbito de competencia cuando se trate de violaciones a los derechos humanos en cualquier naturaleza, salvo en los asuntos electorales y jurisdiccionales.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos debería investigar hechos que constituyan violaciones graves de derechos humanos del orden federal y nacional, y los organismos estatales lo harán en los asuntos inscritos en el orden local de su respectiva actuación. Es una estructura de protección integral, interdependiente y autónoma enmarcada en el Art. Primero constitucional
Hoy hay un debate público respecto al incumplimiento del objeto de la creación de la CNDH. Sin embargo en medio de esta crisis humanitaria, es alentador que la Federación Mexicana de Organismos Públicos de Derechos Humanos de las 32 entidades federativas se hayan pronunciado para fortalecer las acciones encaminadas al respeto y garantía de los derechos humanos de las personas víctimas directas de desaparición y sus familiares.
Los datos son terribles, propios de un país inestable o dictatorial, que no garantiza una de sus prioritarias funciones: seguridad pública, tranquilidad, paz y justicia para sus habitantes; hasta hoy hay más de 125.000 personas desaparecidas con un incremento de 7708 casos ya con el gobierno de Claudia Sheinbaum.
La Federación de organismos locales de DH nos recuerda que además de las comisiones de búsqueda y de las fiscalías, también es necesario que otras dependencias de la Administración Pública Federal y de las entidades federativas, en los tres órdenes de gobierno, se responsabilicen en garantizar la búsqueda de quién ha desaparecido. Es imprescindible que funcione el Sistema Nacional de Búsqueda Personas con coordinación, recursos y competencias claras para cada institución involucrada.
La Federación reconoce que el gobierno federal haya mostrado su disposición para un diálogo con las familias y colectivos de búsqueda en relación a las reformas a la Ley en la materia. También se valoré el funcionamiento de instituciones locales como el Centro Regional de Identificación Humana de Saltillo, el Centro de Detención y Servicios del Estado de Guanajuato para la toma de muestras genéticas, el Gabinete de Búsqueda de Personas Desaparecidas creado en la Ciudad de México, y el Centro Estatal de Identificación Forense y de Búsqueda de SLP
Coincido plenamente, puesto que fui una promotora de la ley, que las reformas que se concreten, incorporen las aportaciones de organismos internacionales, nacionales y locales de derechos humanos. Si como se espera, hay un real compromiso, también se debe aprobar el Reglamento de la ley que debió emitirse posteriormente a la aprobación de la ley en 2017.
Frente a las graves omisiones de la CNDH, este pronunciamiento de la Federación Mexicana de Organismos Públicos de Derechos Humanos en una brisa fresca sobre los rostros de las familias que hoy sufren desamparadas la desaparición de sus seres queridos. Ojalá se tome en cuenta.