Por Andrea Esparza y Silvia Ortiz
LaCostillaRota/SemMéxico/ El Sol del Centro, Aguascalientes, 30 de agosto, 2023.- Tras meses de análisis sobre la despenalización del aborto en Aguascalientes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió a favor del amparo interpuesto por colectivos feministas, por lo que el Congreso del Estado está obligado a legislar sobre la intercepción del embarazo.
Fue en sesión llevada a cabo este miércoles 30 de agosto, que luego de meses se aprobó el proyecto presentado por el magistrado Juan Luis González Alcántara Carrancá, de la Primera Sala de la SCJN, el cual ordena al Poder Legislativo de Aguascalientes a despenalizar el aborto.
Sobre el recurso legal interpuesto por Cultivando Género, Morras Help Morras, CECADEC, TERFU y GIRE, fue presentado el 29 de abril del 2022, en donde asociaciones civiles reclamaron la modificación a los artículos 101,102, y 103 del código penal para el estado de Aguascalientes que regulan la penalización del aborto por lo que se pide determinar que son inconstitucionales, por ser contrarios a los derechos humanos de las mujeres y de las personas gestantes, especialmente del derecho a la igualdad y no discriminación y del derecho humano a la salud.
Suprema Corte de Justicia había aplazado el tema del aborto
El 10 de agosto quedaron en lista los asuntos relacionados al amparo | Karla Barba | El Sol del Centro
La primera sala de la SCJN aplazó e el proyecto para despenalizar el aborto en Aguascalientes el pasado 10 de agosto, había angustia.
Se tenía contemplado, que ese miércoles sería presentado el proyecto de sentencia elaborado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, en donde se sostiene el derecho a decidir de las mujeres basado en múltiples antecedentes de casos similares aprobados en el pleno.
No obstante, durante la sesión, se informó que “por instrucciones del señor ministro Juan Luis González Alcántara Carranca quedan en lista los asuntos identificados con los números económicos 3 y 4 que corresponden respectivamente al amparo en revisión 79/2023 y amparo en revisión 675/2022”.
Cabe señalar que el 79/2023 fue interpuesto el 29 de abril del 2022, en donde asociaciones civiles reclamaron la modificación a los artículos 101,102, y 103 del código penal para el estado de Aguascalientes que regulan la penalización del aborto por lo que se pide determinar que son inconstitucionales por ser contrarios a los derechos humanos de las mujeres y de las personas gestantes, especialmente del derecho a la igualdad y no discriminación y del derecho humano a la salud.
Por tanto, llegó la fecha para llevar el tema a discusión ante los ministros y que se tenga un fallo ya sea a favor o en contra.
Por lo anterior, la representante de la Asociación Cultivando género, Angélica Contreras señaló que se está jugando con los derechos de las mujeres, “es muy lamentable que nos tengan en lista y después nos manden a la lista de espera, desde el 28 de junio se ha venido aplazando, la misma corte lo ha dicho que es institucional que se criminalice a las mujeres y personas gestantes, ya lo ha dicho y no es novedad que es la primera vez que lo van a discutir, entonces, quienes integran esta sala no están midiendo el riesgo de que nos están poniendo a quienes promovimos el amparo y a las personas gestantes de Aguascalientes, porque sigue la persecución y criminalización para quienes abortan en el estado”.
Finalmente, la activista reiteró que se están jugando con los derechos, “estamos confiando en una Corte y nos está fallando, los ministros qué están haciendo, como el ministro Zaldívar quien dice apoyarnos y la verdad no le vemos ningún interés de su parte”, recalcó.
Hoy 30 de agosto, luego de 20 días de espera, llegó el acuerdo. Empiezan los preparativos de las colectivas, para hacer lo conducente en el Congreso.
¿Es legal el aborto en Aguascalientes?
Si vives en Aguascalientes y te enfrentas a un embarazo no deseado aquí te diremos las leyes en tu estado y cómo puedes realizarte un aborto de manera segura y sin que tengas problemas de tipo legal.
Se acabó esa ley
Aguascalientes es un estado donde no está permitido abortar a libre decisión de la mujer. Así lo establece el código penal de Aguascalientes en sus artículos 101, 102 y 103. En ellos se habla del aborto doloso, el que se hace a propósito, y que se dan penas de 6 meses a 3 años de prisión a quien lo realice.
Las únicas causas por las que un aborto no se considera doloso, y por lo tanto no es castigado, es cuando:
La mujer corra peligro de muerte de no realizarse el aborto, esto a juicio de 2 médicos.
La autoridad judicial tiene la facultad de autorizar el aborto si la mujer lo solicita, cuando haya quedado embarazada por una violación.
Toma en cuenta que, en el 2019, la SCJN aprobó la Norma Oficial Mexicana (NOM) 046-SSA2-2005. En ella se ordena a todos los hospitales públicos a interrumpir los embarazos resultados de violación, sin necesidad de que la víctima denuncie el delito o que alguna autoridad lo autorice. A pesar de ello, puede que aun te encuentres con negativas por parte de los hospitales y los médicos debido a prejuicios.
Para que quede claro y sin dudas, en Aguascalientes no se puede abortar durante el primer trimestre de embarazo, no está aprobada la ILE. Tampoco está aprobada la causal de aborto debido a que se han diagnosticado malformaciones congénitas en el producto.
Nota publicada por SEM México